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Todo requisito, para que sea exigible al administrado deberá encontrarse inscrito en el Sistema Único de Información de Trámites - SUIT, que coordina el Departamento Administrativo de la Función Pública [ Ley 962 de 2005 ].

Duplicado de la tarjeta de identidad

En qué consiste...

Expedición física del duplicado de la Tarjeta de Identidad por pérdida o deterioro de la misma, otorgada a los menores entre los rangos de edades de: 7 a 13 años y 14 a 17 años.

Pasos a seguir...

  1. 1.

    Presentarse personalmente con el niño en las Registradurias Especiales, Auxiliares o Municipales del país o en el Consulado del país donde se encuentre.



  2. 2.

    Entregar la documentación al funcionario de las Registradurias Especiales, Auxiliares o Municipales del país o en el Consulado del país donde se encuentre



  3. 3. Seguir las indicaciones del funcionario de las Registradurias Especiales, Auxiliares o Municipales del país o en el Consulado del país donde se encuentre

  4. 4. Recibir el duplicado de la tarjeta de Identidad en formato rosado para menores de 7 a 13 años y en formato azul para menores de 14 a 17 años o comprobante de solicitud en caso de Oficinas que no se encuentran en línea.

Requisitos...

    Perfil: Persona Natural
  • 1. Acreditar pago de derechos. Acreditar el pago de los derechos del trámite en cualquiera de las Entidades Bancarias asignadas o en el consulado correspondiente si se encuentra en el extranjero.
  • 2. Cumplimiento de especificaciones o estándares. Para menores de 7 a 13 años, presentar las fotografías requeridas para el trámite.
    Para menores de 14 a 17 años presentar las fotografías requeridas para el trámite y y conocer el RH y grupo sanguíneo.



Documentos Requeridos

    Perfil: Persona Natural
  • 1. Consignación bancaria de los derechos del trámite  ( Original )
  • 2. Para menores de 7 a 13 años, presentar fotografía 2.5 X 3 cm de frente, fondo blanco o azul.
    Para menores de 14 a 17 años, presentar 3 fotografías 4x5 de frente, fondo blanco. ( Original )

Pagos Requeridos

  • El valor en Colombia es por la suma de TREINTA Y CUATRO MIL CINCUENTA PESOS para los menores de 7 a 17 años ($34.800) 35.00 Pesos
  • El valor en Colombia es por la suma de ONCE MIL TRESCIENTOS PESOS, ($11.300) en las Registradurías donde se expida la tarjeta de identidad en formato rosado. 11.00 Pesos
  • El valor en el extranjero es por la suma de TREINTA Y CUATRO DOLARES CON DIEZ CENTAVOS (US 34.10) 34.00 Dólares Americanos

Información bancaria

  • Banco Popular S.A.
  • Cuenta Corriente propia de la entidad
  • 220012-11008-6
  • Banco Agrario de Colombia S.A. -Banagrario-
  • Cuenta Corriente propia de la entidad
  • 4-0230-300745-9

Ubicación de puntos disponibles de atención

Ubique los puntos de servicio o atención dependiendo de su localización geográfica en Colombia

Recuerde que...

Puede hacer seguimiento a éste trámite en:

Físicamente en las oficinas
Consultar en la Registraduria o Consulado donde hizo su solicitud
Está dirigido a:
Ciudadano Colombiano
Menor de Edad
Como resultado de este servicio usted obtendrá
Duplicado de la tarjeta de identidad
Plazo: 20 - Minutos
Formas de Envío:
  Reclamar en oficina

Normatividad

  • Resolución 002 Por la cual se incrementa las tarifas de los diferentes hechos generadores objeto de cobro por parte de la Registraduria Nacional del Estado Civil para el año 2012 de 2012. artículo 2
  • Resolución 1985 Por la cual se dictan unas disposiciones sobre tarjeta de identidad. de 1989. artículo 1
  • Resolución 2426 Por la cual se suprime una tarjeta alfabética en la tramitación de la tarjeta de identidad. de 1987. artículo Todos
  • Resolución 2009 Por el cual se dictan medidas para facilitar la preparación de las tarjetas de identidad de 1985. artículo Todos
  • Resolución 2647 Por la cual se dictan unas disposiciones sobre el trámite para la expedición de la tarjeta de identidad. de 1985. artículo Todos
  • Decreto 347 Por el cual se Modifica el decreto 1694 de 1971. de 1972. artículo Todos
  • Decreto 1949 Por la cual se dictan unas medidas sobre TARJETA DE IDENTIDAD y se modifican los Decretos 1694 de 1971 y 020 de 1972. de 1972. artículo Todos
  • Decreto 20 Por la cual se modifica parcialmente el Decreto 1694 de 1971. de 1972. artículo Todos
  • Decreto 1694 Por el cual se reglamenta la expedición y exigibilidad de la Tarjeta de Identidad establecida por el artículo 109 del Decreto - Ley No 1260 de 1.970. de 1971. artículo 1
  • Decreto Ley 1260 Por el cual se expide el Estatuto del Registro del Estado Civil de las personas de 1970. artículo 109

Trámites relacionados...

  • Ninguno

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