Suit
Dafp
Todo requisito, para que sea exigible al administrado deberá encontrarse inscrito en el Sistema Único de Información de Trámites - SUIT, que coordina el Departamento Administrativo de la Función Pública [ Ley 962 de 2005 ].
Impuesto a la publicidad exterior visual en Pereira
Lo que debes saber
Podrás visualizar la información referente al servicio que seleccionaste, conocerás:
En qué consiste...
Declaración y pago por la instalación y exhibición de toda publicidad exterior visual, siempre y cuando tenga una dimensión igual o superior a ocho (8) metros cuadrados. Entiéndase por publicidad exterior visual, el medio masivo de comunicación destinado a informar o llamar la atención del público a través de elementos visuales como leyendas, inscripciones, dibujos, fotografías, signos o similares, visibles desde las vías de uso o dominio público, bien sean peatonales o vehiculares, terrestres, fluviales, marítimas o aéreas.
Pasos a seguir...
- 1.
Solicitar la liquidación del impuesto en la Secretaría de Hacienda, Subsecretaría de Asuntos Tributarios, Centro de Servicio Oportuno, ubicada en el Edificio Torre Central, primer piso.
- 2.
Realizar el pago del Impuesto en la entidad bancaria autorizada por la Subsecretaría de Asuntos Tributarios
- 3. Entregar la copia del recibo de pago cancelado con el sello del banco para certificación del pago con la Fiduciaria de Occidente en la Secretaría de Hacienda, Subsecretaría de Asuntos Tributarios, Centro de Servicio Oportuno, ubicada en el Edificio Torre Central, primer piso; o enviar copia de la consignación al fax 3248915.
- 4.
Presentar el recibo de pago en la Secretaría de Gobierno, Dirección Operativa de Control Físico, piso 7
Requisitos...
- Perfil: Persona Natural y Jurídica
- 1. Cumplimiento de especificaciones o estándares. Haber solicitado el registro de la publicidad exterior visual y cumplir con los requerimientos establecidos para su instalación
Documentos Requeridos
Pagos Requeridos
- Todo tipo de vallas de más de ocho metros cuadrados (8 m2), ubicadas en cubiertas, culatas y cualquier otro sitio permitido por las autoridades Municipales; así como las ubicadas en lotes privados, centros poblados, urbanos o rurales , y las ubicadas en vehículos automotores con dimensión superior a ocho metros cuadrados (8 m2); pagarán el equivalente a cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes (s.m.l.m.v) por año. 2,947,500.00 Pesos
Información bancaria
- Banco de Occidente
- Cuenta Corriente propia de la entidad
- 033-49492-3
Ubicación de puntos disponibles de atención
Recuerde que...
- Está dirigido a:
- Derecho Privado
- Derecho Público
- Ciudadano Colombiano
- Ciudadano Extranjero
- Mayor de Edad
- Residente
- Vigencia del tramite cada:
- 1 Años
- Comentarios: Proporcional a la fracción de año
- Como resultado de este servicio usted obtendrá
- Declaración del impuesto pagado
- Plazo: 15 - Minutos
- Formas de Envío:
- Reclamar en oficina
Normatividad
- Acuerdo 41 Por medio del cual se adopta el Estatuto Tributario, para el Municipio de Pereira de 2012. artículo Capítulo X
- Decreto 1465 Por medio del cual se establece el reglamento de publicidad exterior visual en el municipio de Pereira de 2010. artículo Todos
- Acuerdo 41 Por el cual se modifica el impuesto de publicidad exterior visual establecido en el Acuerdo 17 de 2002 de conformidad con lo señalado en el artículo 14 de la Ley 140 de 1994 de 2005. artículo 1-12
- Ley 140 Por la cual se reglamenta la publicidad exterior visual en el territorio nacional de 1994. artículo 1, 14
Trámites relacionados...
- Ninguno
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