Todo requisito, para que sea exigible al administrado deberá encontrarse inscrito en el Sistema Único de Información de Trámites - SUIT, que coordina el Departamento Administrativo de la Función Pública [ Ley 962 de 2005 ].
Si usted es una persona natural o jurídica y esta interesada en obtener el pago del pasivo cierto no reclamado, deberá hacer la solicitud personalmente ante la Subdirección Financiera de la Dirección Administrativa, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.