Todo requisito, para que sea exigible al administrado deberá encontrarse inscrito en el Sistema Único de Información de Trámites - SUIT, que coordina el Departamento Administrativo de la Función Pública [ Ley 962 de 2005 ].
Si usted como ciudadano colombiano que se encuentra en el exterior y está interesado en obtener el certificado de supervivencia o fe de vida, debe solicitarlo personalmente ante el respectivo Consulado colombiano en el exterior.