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Banner Portal del Estado Colombiano, esta foto ha sido tomada por Eduardo Rodriguez
 

Presentación de carta rogatoria

Podrás visualizar la información referente al servicio que seleccionaste, conocerás los pasos, requisitos, puntos de atención de la entidad prestadora y demás información necesaria para poder realizar el trámite o servicio.

Todo requisito, para que sea exigible al administrado deberá encontrarse inscrito en el Sistema Único de Información de Trámites - SUIT, que coordina el Departamento Administrativo de la Función Pública [ Ley 962 de 2005 ].

En qué consiste...

Si usted es una entidad judicial colombiana puede presentar una carta rogatoria a la autoridad homóloga en el exterior para adelantar una diligencia judicial, la cual se hace por vía diplomática a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.Nota: Los tribunales de las zonas fronterizas de los Estados Partes podrán dar cumplimiento a los exhortos o cartas rogatorias previstos en esta Convención en forma directa, sin necesidad de legalizaciones.


Pasos a seguir...

  • 1
    Presentar la respectiva solicitud, anexando los respectivos soportes.
    Dirigirse a: Oficina de la entidad: Hacer llegar la solicitud diligenciada con todos los datos adjuntos según el caso.


  • 2
    Solicitar respuesta
    Dirigirse a: Oficina de la entidad: En los horarios establecidos para tal fin.


Recuerde que...




Puede hacer seguimiento a éste trámite en:
Físicamente en las oficinas
Reclamar concepto de la entidad internacional competente que dió respuesta a la solicitud,

Requisitos...

    Perfil: Persona Natural y Jurídica
  • Tener conocimiento del hecho.

    Debe ser librada por la autoridad judicial competente del país requirente. Esta autoridad debe estar plenamente identificada.

    Debe ser escrita, a menos que el Estado Receptor permita, en situaciones urgentes, que se utilicen otros medios, caso en el cual, siempre deberá exigirse la ratificación escrita

  • Tener conocimiento del hecho. El idioma original utilizado es el español, sin embargo, cuando se trate de países de habla nos hispana, deberá remitirse con traducción. En este caso, deberá escribirse de forma clara para facilitar la traducción
  • Tener conocimiento del hecho. Se redacta en estilo de suplica o de forma rogada como su nombre lo indica
  • Tener conocimiento del hecho.

    Se remite el original de la solicitud con sus anexos y la respectiva traducción.

  • Tener conocimiento del hecho.

    La solicitud debe indicar, con precisión, la autoridad competente del Estado requerido a quien le corresponderá atenderla.

     

  • Tener conocimiento del hecho.

    Debe incluir la identificación completa del proceso, a saber: clase de proceso, partes, estado en el que se encuentra, tipo de procedimiento a adelantar y razones de la diligencia y demás que se consideren necesarias para que la autoridad requerida atienda la solicitud.

  • Tener conocimiento del hecho. Debe identificar plenamente a la persona involucrada en la diligencia, informando su nombre completo, nacionalidad, fecha y lugar de nacimiento, número de identificación, profesión, teléfono, fax, correo electrónico, dirección y demás datos que se consideren necesarios para cada procedimiento en particular, tales como, tarjeta decadactilar, descripción biográfica y morfológica de la persona, fecha de inmigración, identidad de los apoderados cuando ellos existan
  • Tener conocimiento del hecho. Narración sucinta de los hechos
  • Tener conocimiento del hecho.

    Debe indicarse la diligencia requerida en detalle, como por ejemplo una lista pormenorizada de los documentos que se deben producir, nombres y ubicación de los testigos, cuestionario para los mismos. Cuando no se conozcan las pruebas, bastara con la mención de los hechos que se quieren acreditar. En el caso de inspecciones o embargos, se debe adjuntar un certificado sobre la licitud de la medida en el Estado solicitante y se deben describir de manera precisa los bienes de objeto de la solicitud, indicando su ubicación si se conoce

  • Tener conocimiento del hecho. Debe justificarse la pertinencia de lo solicitado
  • Tener conocimiento del hecho.

    Debe explicar los fundamentos jurídicos de la petición. Se indican las normas legales nacionales (aportando sus apartes) y las extranjeras aplicables, estas ultimas si se conocen, mencionando la necesidad de su aplicación.

     

  • Tener conocimiento del hecho.

    Describir los requisitos o procedimientos especiales que el órgano jurisdiccional requirente solicita que se le apliquen en la práctica de la diligencia.

     

  • Tener conocimiento del hecho.

    Se debe informar si le diligencia esta sujeta a algún termino procesal y si existen razones de urgencia para su tramite (si se fija un termino, debe ser amplio por las distancias).

  • Tener conocimiento del hecho.

    Cuando se requiera la participación de un funcionario colombiano en la practica de la diligencia solicitada, se pedirá el permiso respectivo a la autoridad requerida, identificado plenamente a la persona y explicando su relación con el procedimiento a adelantar.

  • Tener conocimiento del hecho.

    Se debe incluir el ofrecimiento de reciprocidad.

  • Tener conocimiento del hecho. De no tener en cuenta los requisitos del Estado requerido, la solicitud no va a ser tramitada. Por ejemplo: En los Estados Unidos de América se exige la fecha de nacimiento de la persona que debe ser consultada en bancos de datos oficiales. Si se trata de cuentas bancarias, debe indicarse la dirección del banco y el número de dicha cuenta
  • Tener conocimiento del hecho.

    Requisitos Adicionales para casos penales:

    Presentarse por escrito en original y dos copias

  • Tener conocimiento del hecho. Indicar el nombre de la autoridad judicial colombiana encargada de la investigación y denominación del respectivo cargo.
  • Tener conocimiento del hecho.

    Informar sobre la calificación jurídica provisional que corresponde cuando a ello hubiere lugar, así como existen antecedentes o investigaciones de la persona en el Estado requerido.

  • Tener conocimiento del hecho.

    Informar si existen personas detenidas

  • Tener conocimiento del hecho.


    • Se deben indicar las normas presuntamente violadas por el sindicado (aportar fotocopias con la traducción si es el caso) y en las cuales se funda la petición, así como la importancia de la prueba, lo que se pretende acreditar con ella y su relación con los hechos del caso.
    • Tener conocimiento del hecho.

         Cuando los hechos que originaron la solicitud no sean considerados como delitos por la legislación de la parte requerida

    • Tener conocimiento del hecho.

          Cuando no se den las suficientes garantías

    • Tener conocimiento del hecho.

                Cuando exista incompetencia de la autoridad.

    • Tener conocimiento del hecho. Causales de Negación:
      Cuando el cumplimiento de la solicitud sea contrario al orfen público o seguridad del Estado Requerido.
    • Tener conocimiento del hecho.

           Cuando el cumplimiento de la solicitud pueda perjudicar los intereses del Estado Requerido

    • Tener conocimiento del hecho.

         Si no es suficiente la información contenida en la solicitud

    • Tener conocimiento del hecho. Cuando el cumplimiento de la solicitud pudiera obstaculizar alguna investigación o proceso en el país requerido
    • Tener conocimiento del hecho.

          Cuando la solicitud es contraria al ordenamiento jurídico del Estado solicitado o no se ajusta a las disposiciones del convenio o tratado.

    • Tener conocimiento del hecho.

       
      Cuando la solicitud de asistencia se refiera a un delito respecto del cual la persona haya sido exonerada de responsabilidad penal o esta se haya extinguido por cualquier causa legal definitivamente, o habiendo sida condenada se hubiere extinguido la pena.

    • Tener conocimiento del hecho.

          Cuando la investigación hubiere sido iniciada con el objeto de discriminar, en cualquier forma, a una persona o grupo de personas.

    • Tener conocimiento del hecho.

          Cuando a juicio de la parte requerida la solicitud no se refiera a un delito común, como por ejemplo que se considere delito político o conexo con delitos políticos o militares.


Documentos Requeridos


  • Se remite el original de la solicitud con sus anexos y la respectiva traducción.

  • Se envían los documentos autenticados, legalizados y/o apostillados a menos que exista el precepto que disponga lo contrario.

Pagos Requeridos

  • Ninguno

Trámites relacionados...

  • Ninguno
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