Todo requisito, para que sea exigible al administrado deberá encontrarse inscrito en el Sistema Único de Información de Trámites - SUIT, que coordina el Departamento Administrativo de la Función Pública [ Ley 962 de 2005 ].
Si usted es una entidad que conforma el Presupuesto General de la Nación, requiere efectuar una distribución de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación ni cuantía, mediante resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos (si no existen éstos lo hará el representante legal), deberá presentar el respectivo acto administrativo para su aprobación ante la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.