En qué consiste...
Si usted es una persona natural o jurídica y requiere una autorización para el uso y goce de las zonas de uso público: playas, terrenos de bajamar y zonas accesorias a aquellos o éstos junto con las instalaciones portuarias existentes, si es del caso, por período de un año, mientras se surten los trámites para obtener una concesión portuaria o en el evento que la concesión portuaria solicitada no se haya otorgado, el INCO a solicitud del interesado, podrá otorgar o prorrogar la autorización temporal por un término igual al inicial.
Pasos a seguir...
-
1
Radicar la solicitud en la oficina de correspondencia del INCO personalmente o por medio de un servicio de correo
Dirigirse a: Correo: Radicación
-
2
Dar respuesta a los requrimientos del INCO en caso de ser necesario aclarar aspectos o documentos de la solicitud
Dirigirse a: Correo: Oficina de correspondencia del INCO
-
3
Notificarse de la resolución mediante la cual se aprueba o rechaza la solicitud de autorización temporal
Dirigirse a: Oficina de la entidad: Subgerencia Administrativa y Financiera
Recuerde que...
Puede hacer seguimiento a éste trámite en: - Físicamente en las oficinas
- Solicitando cita o preguntando directamente
- Vía telefónica
- Del Coordinador del Grupo Puertos
- Está dirigido a:
- Derecho Privado
- Ciudadano Colombiano
- Ciudadano Extranjero
- Mayor de Edad
- Residente
- Vigencia del tramite cada:
- 1 Años
Como resultado de este servicio usted obtendra - Se fija el Otorgamiento de Autorización Temporal en un Acto Administrativo y se notifica Personalmente o con poder firmado por el representante legal
- Plazo: 30 Días